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El Comité de Ética

El organismo independiente que supervisa la Carta de Teti. Compuesto por expertos externos, con siete poderes concretos, incluyendo el veto a los suplementos de la Carta, la revisión del "system prompt" público base y el derecho a disentir públicamente. Entre tres y doce miembros.

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Qué hace el Comité

Siete poderes concretos

El Comité no es consultivo. Sus poderes son específicos, públicos y estructuralmente independientes de la empresa. Son el mecanismo a través del cual se aplica la Carta.

01

Veto a los suplementos de la Carta

La Carta v1.0 está sellada y no puede modificarse excepto a través del mecanismo de enmienda unánime descrito en el Artículo VI. Se pueden adoptar suplementos que añadan nuevas protecciones, pero requieren la aprobación del Comité. El Comité puede vetar cualquier suplemento propuesto que considere inadecuado, vago o en tensión con la Carta existente, con una justificación pública.

02

Informe público anual

El Comité publica un informe público una vez al año sobre la adhesión de TetiAI a la Carta. El informe contiene hallazgos de cumplimiento o incumplimiento, preocupaciones planteadas durante el año, recomendaciones para la empresa y cualquier desacuerdo con las decisiones de la empresa. TetiAI está obligada a responder públicamente a cada recomendación en un plazo de treinta días.

03

Revisión de casos bajo demanda

Cuando TetiAI está considerando una decisión que afecta un compromiso de la Carta —por ejemplo, una solicitud de asociación que se acerca a las exclusiones del Artículo II—, la empresa está obligada a consultar al Comité. La opinión del Comité es consultiva pero pública.

04

Investigación de quejas escaladas

Cualquier persona —usuario, empleado, contratista, investigador, periodista— puede presentar una queja al Comité a través de un canal público, de forma anónima si lo prefiere. El Comité evalúa en un plazo de sesenta días, puede abrir una investigación y publica sus hallazgos.

05

Derecho público a disentir

Los miembros pueden hablar públicamente sobre TetiAI en cualquier momento, individual o colectivamente, sobre asuntos relacionados con la Carta. No existe un acuerdo de confidencialidad sobre cuestiones relacionadas con la Carta. La represalia contra un miembro que disiente públicamente es en sí misma una infracción de la Carta.

06

Supervisión proactiva de la configuración del sistema y las funcionalidades del producto

El equipo de Teti puede modificar directamente la configuración base pública del sistema —incluso en respuesta a propuestas públicas que considere razonables— porque las mejoras operativas a menudo requieren velocidad. El Comité revisa proactivamente estas modificaciones después de su publicación y tiene la autoridad para solicitar información adicional, proponer ajustes o exigir correcciones. Para preguntas particularmente sensibles o delicadas, el equipo consulta al Comité con antelación. El Comité también revisa las nuevas funcionalidades del producto que afectan los compromisos de la Carta, para verificar la alineación con la Carta. Los detalles de implementación operativa (el flujo de agentes específico de cada versión del modelo) quedan fuera de esta revisión.

07

Autorrenovación

Una vez que el Comité alcanza su composición operativa mínima, los nuevos candidatos son evaluados por el propio Comité, no por los fundadores. Los fundadores evalúan solo a los miembros iniciales y solo intervienen cuando el Comité cae por debajo del número mínimo operativo de dos miembros. Los criterios de selección son públicos. Con el tiempo, el Comité se vuelve cada vez más independiente de la empresa que lo creó.

El Comité está en proceso de constitución. La composición es de entre 3 y 12 miembros externos, procedentes de la neurociencia cognitiva, la psicología del desarrollo, la educación, la política y gobernanza de la IA, la ética aplicada, el bienestar infantil, los derechos digitales, la privacidad y campos adyacentes.

Las solicitudes de membresía están permanentemente abiertas. No realizamos ciclos de nominación cerrados. Los nuevos miembros son nombrados de forma continua a medida que se identifican candidatos adecuados, y los puestos permanecen abiertos para ser cubiertos a medida que terminan los mandatos o el Comité se expande.

El Comité entra en funcionamiento —ejerciendo los siete poderes anteriores— una vez que se incorporan los primeros 3 miembros. Hasta ese momento, no se procesan suplementos de la Carta.

Miembros

Los miembros se enumeran aquí a medida que son nombrados, con una fotografía de alta resolución, una breve biografía, el área de especialización que aportan al Comité y una declaración pública de cualquier conflicto de intereses material.

Cómo opera el Comité

Las reglas a continuación son la constitución operativa del propio Comité. Se publican para que la integridad procesal del Comité sea verificable desde el exterior, y para que los miembros y solicitantes sepan a qué se están comprometiendo. Pueden ser revisadas por el Comité a través de su proceso ordinario.

01

Composición

La composición es de entre 3 y 12 miembros externos. El Comité opera con plena autoridad una vez que se alcanza el mínimo. Hasta entonces, la Carta tal como se publicó se mantiene en su versión actual y no se procesan suplementos.

02

Mandatos

Los miembros cumplen mandatos de tres años, renovables una vez. Los mandatos están escalonados para que no más de un tercio de los puestos se renueven en un solo año, preservando la continuidad institucional.

03

Frecuencia de las reuniones

Cuatro reuniones virtuales al año, más una reunión anual presencial opcional. Se convocan sesiones adicionales por el Presidente, a petición de tres miembros cualesquiera, o a petición de la dirección de TetiAI para asuntos que requieran una revisión acelerada.

04

Quórum y votación

Dos tercios de los miembros en activo deben participar para una votación vinculante sobre un suplemento de la Carta, un hallazgo de investigación o una infracción confirmada. Las decisiones de procedimiento requieren una mayoría simple. Cada miembro votante emite un voto. Los votos sobre asuntos sustantivos se registran por nombre y se publican.

05

Recusación

Los miembros deben recusarse de cualquier votación en la que tengan un conflicto de intereses material. Las recusaciones se registran y publican con la decisión pertinente.

06

Compensación

Los miembros sirven a título voluntario. TetiAI reembolsa los gastos razonables (por ejemplo, el viaje a la reunión presencial opcional) pero no paga honorarios ni tasas. El papel se reconoce públicamente a través de la página del Comité, no financieramente.

07

Actas públicas

Las actas de cada reunión se publican en un plazo de treinta días, con tachaduras solo cuando sea estrictamente necesario para proteger datos personales, investigaciones de seguridad en curso o asuntos legalmente privilegiados. Las tachaduras se señalan; su contenido se resume.

08

Destitución

Un miembro solo podrá ser destituido por un voto de dos tercios de los miembros restantes, con la justificación publicada. La dirección de TetiAI no puede destituir a un miembro del Comité.

09

Presidente

El Presidente es elegido por el Comité de entre sus miembros. El Presidente establece la agenda, asegura el cumplimiento de los procedimientos y sirve como punto de contacto público para el Comité. El mandato del Presidente es de dos años, renovable una vez.

Elegibilidad

Buscamos miembros cuya presencia en el Comité haga que la empresa sea más responsable, no más legitimada. La independencia y la experiencia sustantiva importan más que la visibilidad. Los criterios a continuación no son exhaustivos, pero son el mínimo exigido.

Experiencia demostrada

Al menos siete años de trabajo profesional o académico sustantivo en una o más de las siguientes áreas: neurociencia cognitiva, psicología del desarrollo, educación, política y gobernanza de la IA, ética aplicada, bienestar infantil, derechos civiles y digitales, privacidad y seguridad, o un campo estrechamente relacionado.

Independencia de TetiAI

Ningún empleo actual o reciente (en los últimos 24 meses), compromiso de asesoramiento, consultoría remunerada o relación comercial material con TetiAI. Ninguna participación accionaria en TetiAI, en los competidores directos de TetiAI o en entidades cuyos intereses se verían materialmente afectados por las decisiones del Comité.

Historial de trabajo público

Un cuerpo de trabajo verificable —académico, cívico, profesional o periodístico— que permita al público y al Comité evaluar el razonamiento, la experiencia y el juicio del candidato.

Capacidad de compromiso

Capacidad realista para asistir al menos al 50% de las reuniones programadas (actualmente cuatro reuniones virtuales al año, más una reunión presencial opcional) y para participar en deliberaciones escritas entre reuniones.

Declaración de intereses

Disposición a declarar, al ser nombrado y anualmente a partir de entonces, cualquier interés material, afiliación o actividad que pudiera afectar —o percibirse que afecta— el juicio independiente en los asuntos que se presenten ante el Comité.

Estándares de conducta

Ningún historial de infracciones confirmadas de códigos de ética profesional en el campo del candidato. Ningún procedimiento legal activo por mala conducta que, de confirmarse, sería incompatible con el cargo.

Cómo se seleccionan los candidatos

La elegibilidad es el mínimo. Entre los candidatos que la cumplen, la selección se realiza en base a los criterios que se exponen a continuación. La justificación de cada nombramiento se publica, para que los solicitantes y el público puedan ver por qué se eligió a un candidato en particular sobre otros.

Quién evalúa a los candidatos. Los fundadores evalúan solo a los miembros iniciales y solo intervienen cuando el Comité cae por debajo del número mínimo operativo de dos miembros. En todos los demás casos —una vez que el Comité está operativo— los nuevos candidatos son evaluados por el propio Comité, no por los fundadores. Este es el mecanismo que hace que el Comité sea progresivamente más independiente de la empresa que lo creó.

Cobertura de las lagunas de experiencia

El Comité mantiene una distribución deliberada entre neurociencia cognitiva, desarrollo infantil, política de IA, ética aplicada, derechos civiles y digitales, educación, privacidad y seguridad. La selección prioriza a los candidatos cuya experiencia cubre áreas actualmente subrepresentadas en el Comité.

Calidad del razonamiento público

Evidencia de un pensamiento cuidadoso y calibrado visible en trabajos publicados, contribuciones regulatorias, historial cívico o periodismo. Damos importancia a una voluntad demostrada de discrepar públicamente con las opiniones predominantes en el propio campo del candidato —no el contrarianismo por sí mismo, sino el tipo de independencia que se mantiene bajo presión.

Diversidad geográfica y jurisdiccional

El Comité toma decisiones que afectan a usuarios en muchas jurisdicciones. La composición busca reflejar eso. Cuando dos candidatos son equivalentes, preferimos al que mejora el equilibrio jurisdiccional.

Independencia en la práctica

La elegibilidad filtra los conflictos formales. La selección busca lo más difícil: un historial de juicio independiente a lo largo del tiempo —disposición a oponerse a empleadores, patrocinadores, gobiernos o presión de grupo cuando la evidencia lo justificaba.

Capacidad realista

Entre los candidatos con cualificaciones comparables, preferimos aquellos cuyos compromisos actuales permiten una participación real en el trabajo del Comité. Un nombre reconocido que no puede presentarse no cumple la función; un experto menos famoso que participa de manera sustantiva sí lo hace.

Orientación al interés público

Preferencia por candidatos cuyas carreras reflejan compromisos sustantivos de interés público — trabajo cuyo valor reside en el resultado, no en la afiliación.

Cómo aplicar

Las solicitudes están permanentemente abiertas y se revisan de forma continua. No llevamos a cabo un proceso de nominación cerrado, y los miembros no son seleccionados de una red privada preexistente.

  1. 01

    Enviar

    Complete el formulario de solicitud. Recopila una breve biografía, un retrato de alta resolución, una descripción de la experiencia relevante con enlaces de apoyo, un CV y una declaración inicial de conflicto de intereses. Las solicitudes se dirigen al buzón del Comité, separado del personal general de TetiAI.

  2. 02

    Preselección

    La lista de preseleccionados se elabora utilizando los criterios de elegibilidad anteriores. Se registra el razonamiento de la preselección.

  3. 03

    Conversación

    Los candidatos preseleccionados son invitados a una conversación estructurada, separada de cualquier contacto con la dirección de TetiAI.

  4. 04

    Decisión

    El nombramiento final se publica, junto con la justificación. Cuando un candidato es rechazado, recibe una explicación por escrito.

Abrir el formulario de solicitud

Informar de una preocupación o solicitar.

Se puede contactar directamente con el Comité. Los informes de presuntas infracciones pueden presentarse de forma anónima y sin represalias.

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